viernes, 14 de diciembre de 2018

Doña Ramona Estévez (Una muerte anómala)


Esta señora ha fallecido en unas circunstancias en las que son de aplicación determinados agravantes que convierten el caso en un posible asesinato. Mi opinión se basa en los siguientes puntos:

 1º.- La señora no pudo decidir cual fuera su destino. Estaba inconsciente. Los demás no son quienes para decidirlo. No había pruebas fehacientes (testigos idóneos, no interesados en el caso; escritos, preferiblemente en forma notarial, etc.) de que, cuando estaba en pleno uso de razón, hubiera manifestado que, de haberse visto en ese trance, deseaba ser eliminada. Pero, aun en el caso de que así hubiera ocurrido, ¿persistiría en la idea de recibir semejante tratamiento final?

2º.- ¿Es posible asegurar que, durante su agonía, no tuvo sufrimiento alguno? Tras el anuncio de su muerte, he leído que antes de que tuviera lugar se agitó, manifestándose intranquila y que sus “asistentes” (parece una ironía y lo es), hicieron lo posible por calmarla, cosa que aparentemente se logró. Nadie puede negar que esa intranquilidad podía ser síntoma de  percepción. ¿Es que alguien puede afirmar, de forma rotunda, que carecía de sensibilidad? ¿Que era un trozo de piedra, ya no de árbol? ¿Que su agonía, de 14 días,  no fue dolorosa? ¿Qué no percibía que se estaba disponiendo de su destino con un poder que, aparentemente, podrá ser legítimo, pero nunca  desde el punto de vista moral?  ¿Es seguro que, REALMENTE, no manifestó dolor? Que sí lo tuvo y no lo manifestó, ¿no se debió a falta de capacidad motriz para expresarlo?

3º.- El método empleado para matarla fue cobarde, cruel y sádico.
3.1.- Cobarde, porque se enmascaró el hecho de darle muerte, convirtiéndolo en natural, al ser debida a consunción. "Yo no la he matado. Ella se ha muerto".
3.2.- Cruel en forma innecesaria, pues si se había decidido su muerte ¿no hubiera sido preferible una suficiente dosis de morfina que, en breves instantes, le sumiera en el más allá, dentro de unos sueños deliciosos, como me han dicho disfrutan los que se encuentran en coma morfínico.
3.3.- Sádico, pues no hay constancia de que no se le haya producido tal dolor y de haber sido así, se le aumentó y alargó. Si había de morir, cuando antes mejor. Y el (la) que decretó su muerte vivió todo el desarrollo del hecho, aunque solo fuera por la algarabía que se organizó en la prensa y emisoras. ¿Fue racional hacerla morir en un plazo de 14 días, si de todas formas estaba dispuesta su muerte?

Esto no quiere decir que yo vea la pena de muerte como un castigo. La experiencia me ha hecho partidario de su debida aplicación. No como castigo y sí por coercitiva. No hay nada más brutalmente concluyente que un hecho: cuando estaba vigente en España la pena de muerte había, a lo sumo, cinco asesinatos al  año. Ahora tenemos cinco al día. Así que sale barata.

Lo que nunca fui es partidario de su aplicación con el rito que se llevaba a cabo: tras su condena, el que la había recibido pasaba largos meses, incluso años, en angustiosa espera en la prisión. Y cada uno de los días tenía momentos críticos: incrementados según el reloj iba acercándose a las 0h00 del día siguiente. Cualquier ruido en el exterior de su celda, eran momentos de angustia. Transcurridas las 0h00, el respiro: ¡Otro día más de vida! Y así el siguiente; al otro;  al otro...,  hasta que, salvo indulto, llegaba el día señalado (no se por quien, ni las razones de fijar una u otra fecha) para la ejecución: a las doce de la noche era despertado, conducido a la capilla y allí, con plena conciencia, a esperar el amanecer, que sería el último que contemplaría en su vida. Seis o siete horribles horas. Aquello me sonaba a reminiscencias inquisitoriales (lean mi artículo en Batiburrillo: "Un miliciano rojo"). 


Y por último, un comentario que parece sarcástico y nada tiene de ello. Es de asombro:

Antes, los delitos en España, tras un exhaustivo expediente confeccionado por un Magistrado, eran juzgados por otros Magistrados. En caso de que existiera la petición de pena de muerte (cuando esta existía) o posibilidad de ser solicitada, el Tribunal lo constituían cinco Magistrados. Y siempre había apelaciones y posibilidades de indulto, a conceder por el Jefe del Estado. En el caso de doña Ramona, su muerte ha sido decidida por una funcionaria, de la que se desconocen sus cualidades al efecto, pero que los antecedentes derivados del ejercicio de Ministerios Públicos por las señoritas Bibiana, Pajín y doña Carmen, son muy poco esperanzadores. Y ni se ha tratado de la posibilidad de indulto, incluso del inherente al Jefe del Estado.    

Autor: Rogelio Latorre
Publicado el 15 de septiembre de 2011

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