Prohíben que una madre se acerque a menos de 500 metros de su hijo y además la condenan a 45 días de prisión. La prohibición es por un año y la ha impartido una jueza, la titular del Juzgado de lo penal número 3 de Jaén. Como parece desprenderse de una barbaridad semejante, que quizá sea acorde con la ley pero en absoluto justa (lo siento, es mi opinión), ahora la madre deberá abandonar el domicilio familiar —a saber en qué condiciones— para acatar la singular sentencia. O bien eso, o bien deberán llevarse al muchacho, durante el plazo señalado, a un centro de acogida. ¡Cualquiera sabe lo que ha dispuesto su señoría! Entretanto, no es descartable que el desobediente hijo de 10 años (es lo que se deduce del conjunto de la noticia), que no dudó en mentir reiteradamente a la madre y arrojarle una zapatilla, podrá ir chuleándose en el colegio de haber echado de casa a su madre. Todo un ejemplo para los demás.
La primera pregunta que me ha surgido es esta: ¿Tendrá hijos la señora jueza? Y esta otra es la segunda: ¿Qué hubiese pasado si la misma sentencia la imparte un hombre? Ya mismo estoy viendo que también las madres acabarán con pulsera telemática, como los maltratadores. ¡El mundo se está volviendo loco y determinadas leyes nos llevan de cabeza al manicomio! No tengo otra explicación.
Según amplía ABC, la asociación Pro-Derechos del Niño y de la Niña (PRODENI) descartó nada más conocer el fallo judicial que sea excesiva la pena de 45 días de prisión impuesta a la madre —eso sí, la asociación omite pronunciarse sobre el año de alejamiento, que es quizá lo más doloroso para la madre—, y alegó en su favor que «a los niños no se les pega».
Naturalmente que a los niños no se les pega, por eso mismo debería haberse tenido en cuenta que la señora objeto de tan anómala sentencia no poseía antecedentes de maltratadora y que cualquier madre (o padre) puede verse afectada por un ataque de nervios provocado por un hijo rebelde.
Autor: Policonio
Publicado el 5 de diciembre de 2008
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