miércoles, 10 de octubre de 2018

Sobre la extensión de “derechos”

Palacio de La Moncloa, sede de la Presidencia del Gobierno de España.

Es sin duda alguna “la estrella” de la España de Zetaparo. Y así, a bote pronto, se me ocurre que la patulea gubernamental y todo su entramado de prensa y propaganda, deben referirse con ello, a que las menores de edad podrán abortar sin permiso paterno, a que los gandules podrán seguir ascendiendo en el escalafón del pupitre, sin saber resolver una ecuación de segundo grado y a que los homosexuales puedan contraer laico matrimonio. 


Y como por si éramos pocos, parió la abuela, ya se adivina en el horizonte la plena vinculación de la jurisdicción al principio rector de la economía del derecho a una vivienda digna y adecuada. O sea, que usted podrá dirigirse a un juez y pedirle que condene al estao, por su cara bonita, a que le proporcione una vivienda. Eso sí, no hace falta que esté dotada de lavadora y plancha, que para eso están las madres de familia, las eternas olvidadas en lo que atañe a los derechos.

No sé si habrán caído en la cuenta de lo que caracteriza a esos supuestos derechos: su ejercicio será a costa de alguien que nada tiene que ver con su concesión. Es decir, en unos casos lo será a costa de la vida de un ajeno, en otros a costa del desenvolvimiento normal de instituciones milenarias y en otros a costa de la integridad patrimonial de los ciudadanos contribuyentes. O sea, que jamás a costa de quien “los concede”.

Es por ello, que desde esta modesta página, no tengo por menos que proponer al gobierno de progreso, rojo y feminista, la implantación y extensión de un nuevo derecho. Éste sí, a costa de quien va a tener a bien concedérnoslo, a la mayor brevedad posible: las administraciones públicas. 

Se trata ni más ni menos, de que se otorgue a los particulares las mismas armas jurídicas en sus relaciones con las diversas administraciones públicas, de las que gozan éstas. Por ejemplo: la ejecutoriedad y ejecución autónoma de las resoluciones o actos que se dicten. 

Como ustedes saben, porque seguro que han tenido la oportunidad de sufrirlo, cuando en cualquier procedimiento tributario, la administración aprueba una liquidación de cualquier deuda de esa naturaleza, aquella, sin necesidad de acudir al juez y con plena fuerza ejecutiva, puede cobrarse el importe de la misma, con apremio sobre el patrimonio de los particulares. 

Sin embargo, si la administración le debe a usted dinero, por cualquier título, deberá acudir a los tribunales para que se determine el importe de la deuda y una vez determinado, se le requiera de pago y si no paga, usted no podrá acudir al apremio sobre el patrimonio de la administración, porque los bienes de ésta son inembargables. Sin hacer mención, por no extenderme mucho, de las prevenciones legales recogidas en la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-administrativo, en lo que concierne a la ejecución de las resoluciones de condena a la Administración.

Es por ello, que sin duda alguna, las pequeñas y medianas empresas, así como los autónomos, sableados todos ellos por la Administración, sabrán agradecerle a Zetaparo y sus secuaces la extensión del derecho a cobrarse las deudas por sí mismos, sin necesidad de acudir a los tribunales. Es decir, esa pequeña y mediana empresa, o autónomo, se podrá dirigir a la administración que sea y comunicarle el importe de su deuda. Y, previos los trámites que procedan, una vez determinado su importe podrá requerirle de pago. Y si la administración se niega o se muestra reticente, podrá dirigirse a cualquier entidad colaboradora de la misma y proceder al embargo de dinero. Y si no pudiera ser el caso, podrá anotar el embargo de cualquier bien patrimonial de la administración que sea, en el Registro de la Propiedad y proceder a su subasta pública, para la satisfacción de la deuda en cuestión.

Eso sí que sería una seria extensión de derechos ¿A que no te atreves, ZP?

Autor: Carlos J. Muñoz
Publicado el 21 de junio de 2009

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