Digo yo, que cuando Miguel Sebastián se atreve a decir esto, es que, al contrario que Solbes, ya tiene la respuesta para el sudoku de solución casi imposible, en que sus conmilitones han convertido la financiación autonómica, llave maestra del funcionamiento más o menos razonable del mercado interior, sin interferencias perturbadoras, entre otras, la insoportable presión fiscal, supuestamente necesaria para financiar la “solidaridad interterritorial” y otras yerbas, como el audi de Benach, el jardinero.
O eso, o que, definitivamente, Sebastián no sabe dónde vive. O en más fino: que desconoce por completo el contexto circunstancial, provocado por el segmento taifa de la financiación del capricho autonómico. Más claro: que la España “sebastiniana” no existe. Y si esa España no existe, ergo, no puede hablar el citado, con propiedad, de productos españoles.
Habrá, si acaso, productos catalanes, vascos, gallegos, navarros, castellanos de ambos “hemisferios”, madrileños, andaluces, etc.., cuya venta beneficia, cada vez más en exclusiva, a los lugares de procedencia.
Convengamos, al hilo de lo dicho por Ferhegon, y sin perjuicio de otras consideraciones, que un producto genuinamente español, desde el punto de vista geográfico, es aquel, en cuya elaboración, transporte y distribución, sólo han participado personas con D.N.I. español y residentes en esa realidad geográfica, y sociedades, cuyo capital social pertenece a personas con D.N.I. español y también residentes en la referida realidad geográfica, y con el mismo domicilio.
Y supongamos, que ya es mucho suponer, que existe una gama de diez productos que cumplen esas condiciones: cuatro fabricados en Cataluña, tres en el País Vasco, dos en Galicia y uno en Baleares, con materias primas de los respectivos lugares, y que el lugar de fabricación coincide con el domicilio fiscal de los productores, personas físicas o sociedades.
Haciendo caso a Sebastián, yo, que resido en Ciudad-Real y miro por lo mío, me gasto ciento cincuenta euros en la compra de esos productos, supuestamente “españoles”, en una gran superficie de la propiedad de un residente en Valencia o en Mondragón, porque otras no hay, con objeto de favorecer la economía “española”.
Con esa decisión de gasto ¿Se puede asegurar realmente que se está beneficiando la economía “española”?
Pues bien. A excepción de la circulación por el lugar de residencia del importe del salario del currante de la localidad, Ciudad-Real, inapreciable en relación al todo, en nada más se va a beneficiar la economía “española”.
Se va a beneficiar la economía del domicilio, donde las respectivas empresas tributan por I.V.A. y Sociedades, o I.V.A. e I.R.P.F, en caso de que los productores sean personas físicas. Y poco, muy poquito, la economía “española”, que no es otra que aquella que se hace ver en el progreso de la ciudad o provincia del consumidor de referencia, o sea, yo, a causa de las inversiones reales del Estado y Comunidad Autónoma, benefactores y repartidores de solidaridad interterritorial, grandes beneficiados, por vía coactiva, de la circulación de bienes y servicios.
Ahora introduzcamos un elemento de extranjería, tan detestado por Sebastián: Me voy a gastar los ciento cincuenta euros de golpe en una tienda franquiciada por una marca extranjera, cuyos productos se producen íntegramente fuera de España., con materia prima, asimismo foránea.
Supongamos que, en virtud del contrato de franquicia, el franquiciado, o sea, el residente en Ciudad-Real, se queda para sí el cincuenta por ciento de lo obtenido por la venta de los productos en cuestión. En nuestro caso, 75 euros.
Dado el desbarajuste de la financiación autonómica, acompañado de la presión fiscal que nos contempla, en que los conmilitones de Sebastián nos han metido. ¿Qué me interesa más? Verde y en botella: comprarle al franquiciado, en contubernio con el extranjero.
De modo Sebastián, que ya es hora de dejar de decir payasadas a nuestra costa y de paso nos evitas tener que contestarte con las mismas. Por cierto ¿Dónde recojo mis bombillitas?
Autor: Carlos J. Muñoz
Publicado el 22 de enero de 2009
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